Declarada nula la orden de la Consejería que regula las quemas agrícolas en la Región de Murcia
El TSJ señala que solo se ha actuado en lo referente a la sanidad vegetal, dejando de lado el medio ambiente y la salud pública que se ven perjudicados por una quema agrícola
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha declarado nula la orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente que regula las quemas agrícolas en la Región de Murcia. La Sala Contencioso Administrativa estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por ‘Stop Quemas Murcia’ contra el documento de diciembre de 2020 que permitía las quemas agrícolas si existía un riesgo de plagas las medidas fitosanitarias a seguir para llevar a cabo las quemas agrícolas.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia señala que el consejero correspondiente solo ha actuado en lo referente a la sanidad vegetal, dejando de lado el medio ambiente y la salud pública que se ven perjudicados por una quema agrícola. «Se constata que hay otros ámbitos materiales afectados, como es el medio ambiente o la sanidad pública, materias que en esta Orden lógicamente ni se contemplan, pues el titular de la Consejería ha actuado solo en la señalada de sanidad vegetal», declara la sentencia.
La plataforma Stop Quemas Murcia interpuso un recurso contencioso-administrativo contra dicha orden dado que no le compete a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente establecer este reglamento e infringe el artículo 53 de la Ley que regula el Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia. A su vez, señalan que una orden así no puede establecer «infracciones o sanciones» ya que previamente debe contemplarlo una ley estatal.
Con esta sentencia queda anulada dicha orden, pero esto no quiere decir que las quemas agrícolas tendrán libertad mientras se actualiza el documento en la Región de Murcia; Simó que el Ministerio para la Transición Ecológica aprobó una nueva ley en la que sí se refleja que las quemas agrícolas suponen un “riesgo” para el medio ambiente y la salud humana, además de fijar una serie de prohibiciones y sanciones millonarias por estas prácticas.
La norma que se ha anulado permitía la incineración de rastrojos agrícolas «con carácter excepcional, y siempre y cuando cuenten con la correspondiente autorización individualizada que permita dicha quema, por razones de carácter fitosanitario que no sea posible abordar con otro tipo de tratamiento”.